Este puede ser tu caso:

Mi hija tiene parálisis cerebral y concurre a un centro especializado que no pertenece a los que están dentro de la cartilla de la obra social. La obra social me decía que no me cubría el centro y que debía elegir alguno que estuviera dentro de su cartilla. Yo no quería que mi hija cambiara de centro por la excelencia que tenía aquel, los años que hacía que concurría allí y la relación afectiva que había entablado ella con los profesionales.

SOLUCIÓN DEL CASO:

Mediante un recurso de amparo se solicitó una medida cautelar que obligó a la obra social a cubrir el 100% del valor de dicho centro al que actualmente concurre mi hija y estamos a la espera de la sentencia definitiva.